El presente informe da a conocer diversos aspectos sobre la problemática de la trata de personas en Misiones. El período que comprende la investigación y análisis va desde el año 2008 hasta el 2019.
Durante dicho período, se registraron 153 casos de trata de personas en la provincia. Esto se suma a otros 32 casos definidos como otras modalidades de violencia.
Los datos procesados provienen de las denuncias efectuadas ante la Justicia Federal, quien deriva los casos al Ministerio de Derechos Humanos de Misiones.
Datos destacados del informe
- El 44,0% de las denuncias fueron realizadas por personas procedentes de Posadas, el 10% de El Soberbio, el 6,0% de Eldorado, mismo porcentaje que los denunciantes de San Vicente.
- Edades de las víctimas: el 39,1% tenía entre 20 y 29 años; el 34,6% tenía entre 15 y 18 años; y el 8,9% entre 11 y 14 años.
- El 88,1% de las víctimas de trata de personas registradas son mujeres.
- El 55,3% de víctimas femeninas convivía con familiares al momento de su captura en la red de trata. Sólo el 11,7% de las víctimas mujeres vivía sola.
- El 61,6% de los casos analizados deja ver que la víctima sufrió violencia de tipo sexual. Y en el 35,7% de ellas se denuncia violencia psicológica.
- En el 92,4% de los casos, la víctima no estaba conviviendo con alguna pareja.
- Un tercio de las víctimas alcanzó a asistir al nivel secundario (24,0%), EGB (4,1%) o polimodal (2,5%). De todas ellas, el 74,5% no logró finalizar el ciclo de estudio.
- El 8,7% de las víctimas no sabía leer.
- El 6,3% de las víctimas tenía dificultades para relacionarse y/o trabajar debido a un trastorno mental. Otro 3,1% presentaba algún impedimento para hablar, comunicarse o conversar.
¿Cómo se define a la trata de personas en Argentina?
Según la Ley 26.842, la trata se refiere al ofrecimiento, captación, traslado, recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países.
Asimismo, se entiende por explotación la configuración de cualquiera de los siguientes supuestos, sin perjuicio de que constituyan delitos autónomos respecto del delito de trata de personas:
- Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad;
- Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;
- Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la prostitución ajena o cualquier otra forma de oferta de servicios sexuales ajenos;
- Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la pornografía infantil o la realización de cualquier tipo de representación o espectáculo con dicho contenido;
- Cuando se forzare a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho;
- Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la extracción forzosa o ilegítima de órganos, fluidos o tejidos humanos.
El Ministerio de Derechos Humanos de Misiones recibe denuncias anónimas sobre trata de personas a través de la línea 145.